- ¿QUÉ ES Y QUIÉN COMPONE EL COMITÉ DE EMPRESA?
Un comité de Empresa es un órgano donde ambas partes exponen conflictos de cualquier índole, se informa o se consultan asuntos de interés, y es el órgano donde se negocian dichos asuntos, y una vez que se cierran y estos son aprobados por las partes, se firman.
En Campsared por parte de los trabajadores lo componen las dos Secciones Sindicales que tienen representación mayoritaria CCOO y UGT. Por parte de la Empresa a cada reunión van los responsables del área, del asunto que se discuta.
- YO SOY ENCARGADO, EN CASO DE HUELGA, SI NO VOY A TRABAJAR, TENGO DOBLE TRABAJO Y ME DESCUENTAN EL DÍA ¿DEBO HACER HUELGA O PEDIR EL DÍA LIBRE?
Será la misma situación que cuando tenemos un festivo entre semana, hay tareas que aumentan su volumen y otras que son periódicas que se posponen para otro momento.
En un día de huelga, la empresa probablemente no concederá por razones organizativas el día de asuntos propios, por lo que el trabajador tendrá que definirse si desea ser un esquirol o ir a la huelga
- SOY EXPENDEDOR, AL SECUNDAR UNA HUELGA ¿ME DESCUENTAN DE TODOS LOS CONCEPTOS DE LA NÓMINA (SUELDO, QUEBRANTO, LIMPIEZA, ETC)? ¿CUANTO PUEDE SUPONER ESO?
- ¿EL HECHO DE IR A LA HUELGA AFECTA EN ALGO A LOS DÍAS DE VACACIONES?
- ¿PUEDEN DESPEDIRME POR HACER HUELGA?
- ¿LA HUELGA AFECTA EN ALGO A MI COTIZACIÓN A LA SEG. SOCIAL?
- SOY TRABAJADOR DE UNA E/S, ¿TENGO QUE COMUNICAR DE ALGUNA MANERA MI INTENCIÓN DE SECUNDAR LA HUELGA?
TÍTULO XV.
DE LOS DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES.
Artículo 315.DE LOS DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES.
1. Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses los que mediante engaño o abuso de situación de necesidad, impidieren o limitaren el ejercicio de la libertad sindical o el derecho de huelga.
2. Si las conductas reseñadas en el apartado anterior se llevaren a cabo con fuerza, violencia o intimidación se impondrán las penas superiores en grado.
3. Las mismas penas del apartado segundo se impondrán a los que, actuando en grupo, o individualmente pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga.
- MI ENCARGADO QUIERE QUE FIRME UN PREAVISO SOBRE LO QUE VOY A HACER EL DÍA DE HUELGA ¿QUÉ HAGO?
No tienes obligación de preavisar ni firmar ningún documento. Estas peticiones de preaviso podrían ser sancionables por la inspección de trabajo por entenderse como falta.
- PENSABA NO IR A TRABAJAR, LO HE PENSADO MEJOR, QUIERO HACER HUELGA PERO FIRMÉ UN PAPEL DICIENDO QUE TRABAJARÉ, ¿QUÉ PUEDO HACER?
Aunque firmes con sangre que vas a hacer huelga o que no la vas ha hacer, el día de huelga puedes cambiar de opinión si te da la gana, ya que ese documento no es vinculante pues vulnera el derecho fundamental a la huelga que como tal derecho es irrenunciable.
- SI LA EMPRESA ME COMUNICA QUE LA E/S TIENE SERVICIOS MÍNIMOS ¿NO PUEDO HACER HUELGA?
- ¿COMO PUEDO SABER SI ES CIERTO QUE MI ESTACIÓN ESTÁ INCLUIDA ENTRE LOS SERVICIOS MÍNIMOS?
- ¿EXISTE ALGÚN LISTADO DE SERVICIOS MÍNIMOS QUE PUEDA CONSULTAR? ¿Y CON CUANTA ANTELACIÓN SE PUBLICA?
- SI MI EMPRESA POR PRECAUCIÓN DECIDE NO ABRIR LA GASOLINERA ¿ME DESCONTARÍAN EL DÍA DE HUELGA?
Para cerrar el día de huelga por alguna de las causas previstas en el Decreto Ley primero tienen que abrir la estación de servicio y comprobar la imposibilidad de iniciar el servicio ya sea por piquetes o por falta de personal. Este cierre habría que comunicarlo a la autoridad laboral, de otro modo sería ilegal.
Si se produjese un cierre preventivo ilegal, todos los trabajadores podrían demandar a la empresa y tanto los que pensaban trabajar como los que no, tendrían derecho a recuperar el descuento de ese día, aunque hubieran firmado algún papel, ya que debido al cierre no habrían podido ejercer su derecho a la huelga.
- ESTOY LIBRANDO EL DÍA DE HUELGA, ¿PUEDEN LLAMARME A TRABAJAR PARA CUBRIR A OTROS COMPAÑEROS QUE SIGAN LA HUELGA ESE DÍA? ¿SI NO ACEPTO TAMBIÉN PODRÍAN DESCONTARME EL DÍA?
Por lo tanto, no se puede llamar a un trabajador de descanso y no se tomará ninguna medida contra los trabajadores que descansen ese día
- SI ME LLAMAN A TRABAJAR, YA SEA POR HUELGA DE UN COMPAÑERO, O ENFERMEDAD, O CUALQUIER AUSENCIA ¿TENGO DERECHO A COBRAR ESE DÍA COMO HORAS EXTRAS?
Si estas de descanso, y te localizan para cubrir una incidencia en un turno, se aplicará lo previsto en el punto 20.2.4 de nuestro pacto sindical. Es decir se abonará como horas extras o se devolverá antes de dos meses.
- EN QUE FORMA SE REALIZA LA HUELGA, ¿TENGO QUE ACUDIR AL TRABAJO AUNQUE NO REALICE NINGUNA ACTIVIDAD?
- NO SOY SINDICALISTA, EN ESTE CASO ¿PUEDO EJERCER DE PIQUETE EN MI ESTACIÓN O EN OTRA?
(1)dar publicidad a la misma,
(2) hacer proselitismo para conseguir la participación de trabajadores,
(3) informar sobre las causas que motivan la huelga. Estas facultades de expresión e información pueden dirigirse al público en general (p.ej., consumidores, usuarios, proveedores, etc.) o a los propios trabajadores. Estas facultades deben ejercerse sin perturbar el desarrollo normal de los procesos productivos, por lo que, en general, han de realizarse fuera de los centros de trabajo. En ningún caso está amparada la violencia sobre personas o cosas, las amenazas o las coacciones. Cualquiera de estas conductas extralimitadas puede dar lugar a la incoación de una causa penal.
- ¿ES LEGAL IMPEDIR LA ENTRADA DE CLIENTES EN LA ESTACIÓN COMO PARTE DE LA HUELGA?
- ¿EN QUE FORMA SE REALIZA LA HUELGA? ¿TENGO QUE ACUDIR AL TRABAJO AUNQUE NO REALICE NINGUNA ACTIVIDAD?
- ¿ES MEJOR PRESENTARSE Y NO HACER NADA, O SIMPLEMENTE NO ACUDIR AL TRABAJO?
- EN UNA ESTACIÓN DE 16 HORAS, ¿PUEDE UN TURNO HACER HUELGA Y EL OTRO NO, POR EJEMPLO TRABAJAR EL DE LA MAÑANA, Y HACER HUELGA EL DE TARDE, O AL REVÉS?
- ESTOY EN TURNO DE NOCHE, ENTRO A LAS 22:00 ¿LA HUELGA EMPIEZA A LAS 00:00 HORAS? ¿COMO DEBO DE ACTUAR?
- NO HE QUERIDO HACER HUELGA. TERMINA MI TURNO, SI NO SE PRESENTA EL RELEVO ¿QUÉ HAGO?
No nos pueden hacer sustituir a un trabajador en huelga en contra de nuestra voluntad. Es ilegal y severamente penado.
- ¿QUE ARTÍCULOS SOBRE LA HUELGA PUEDEN SER IMPORTANTES CONOCER?
Puedes informarte en la Ley de Huelga y en el Código Civil de algunos detalles de interés.
Tienes algunos AQUI
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